Nuevo Decreto Ley sobre Pisos Turísticos en Cataluña

Nuevo Decreto Ley sobre Pisos Turísticos en Cataluña – Noviembre 2023 -. La reciente publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) del Decreto Ley 3/2023, marca un hito importante en la regulación del mercado turístico en Cataluña.

Limitaciones al Otorgamiento de Licencias de VUT

El Nuevo Decreto Ley sobre Pisos Turísticos en Cataluña, endurece y limita los requisitos preexistentes. Incluye un listado de municipios catalanes, entre los que está la ciudad de Barcelona, en los que se hace obligatoria la necesidad de obtemer un certificado urbanístico previo a la presentación de la declaración responsable.

Se prohibe otorgar licencias de viviendas de uso turístico cuando un municipio supera el límite máximo de 10 licencias por cada 100 habitantes y limita la diración de las licencias a cinco años.

Impacto en las Viviendas de Uso Turístico Existentes

La nueva normativa también afecta a las viviendas de uso turístico que ya estaban legalmente habilitadas antes de la entrada en vigor del Decreto Ley el 9 de noviembre de 2023. En estos casos, se establece un régimen transitorio:

  • Los titulares de viviendas de uso turístico ya habilitadas en municipios afectados deben obtener una nueva licencia dentro de un plazo de cinco años, antes del 9 de noviembre de 2028. Esta nueva licencia tendrá una vigencia de cinco años y podrá prorrogarse si se cumplen las condiciones.
  • En caso de no obtener la nueva licencia en el plazo de cinco años, la actividad de vivienda turística deberá cesar.
  • Como excepción, si el titular no puede compensar la pérdida patrimonial en cinco años, puede solicitar una ampliación de la licencia por cinco años adicionales, hasta el 9 de noviembre de 2033. Sin embargo, esta ampliación no es automática y debe solicitarse dentro de los cuatro años siguientes a la entrada en vigor del Decreto Ley.

Municipios Afectados

La nueva ley establece que los municipios afectados por esta regulación son los que cumplen al menos una de las siguientes circunstancias:

  1. Municipios con problemas de acceso a la vivienda. La carga media del alquiler o la hipoteca supera el 30% de los ingresos medios o la renta media de los hogares. Se incluyen municipios donde el precio de alquiler o compra experimenta un crecimiento acumulado de al menos tres puntos por encima del IPC de Cataluña.
  2. Municipios en riesgo de romper el equilibrio del entorno urbano por la alta concentración de viviendas de uso turístico, cinco o más por cada 100 habitantes.

Inicialmente, se ha establecido una lista de 262 municipios que cumplen con estas características y se someten al nuevo régimen de licencia previa. Esta lista se revisará cada cinco años mediante una orden.

Conclusiones

El nuevo Decreto Ley 3/2023 sobre viviendas de uso turístico en Cataluña introduce importantes cambios en la regulación de este mercado.

Entendemos que la legalidad de este nuevo Decreto, es cuestionable por poder comprometer derechos fundamentales. El derecho a la propiedad y la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras restrictivas de derechos individual, pueden entrar en conflicto con esta norma. Para obtener asesoramiento legal específico sobre su situación, es aconsejable consultar a un abogado especializado en derecho inmobiliario. Puede contactarnos AQUÍ

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